Latest Posts

Juez ordena al IMSS garantizar tratamiento a paciente con cáncer tras negar medicamento y estudios médicos

– Un Juzgado Federal concedió un amparo a una derechohabiente del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), luego de acreditar que el Hospital Regional de Zona No. 18, en Playa del Carmen, le negó el acceso oportuno a un medicamento oncológico y a estudios médicos indispensables para atender un cáncer de riñón.

La resolución fue emitida por el Juzgado Séptimo de Distrito, que falló a favor de Blanca Argel N., quien promovió el juicio de amparo 361/2026 tras denunciar que el hospital no le suministró el medicamento Pazopanib, además de omitir la realización de tomografías de cráneo y pulmón previamente ordenadas por especialistas del propio IMSS como parte de su tratamiento.

Durante el proceso judicial, el órgano jurisdiccional analizó los informes presentados por las autoridades responsables y concluyó que existían elementos suficientes para acreditar la omisión atribuida al director del Hospital Regional de Zona No. 18.

La sentencia destaca que fue el propio servicio de Oncología Quirúrgica del IMSS el que solicitó tanto el surtimiento del medicamento como la práctica de los estudios de imagen necesarios para dar seguimiento al padecimiento de la paciente, diagnosticada con cáncer renal.

Como argumento de defensa, el hospital señaló que no contaba con un tomógrafo para realizar los estudios requeridos. Sin embargo, el juez determinó que esa circunstancia no justificaba la falta de atención, ya que desde el 18 de marzo de 2026, fecha en que fueron prescritos el tratamiento y las tomografías, la institución no implementó acciones efectivas para garantizar la atención médica.

Ante la falta de respuesta, la derechohabiente recurrió al Poder Judicial de la Federación para hacer valer el derecho a la protección de la salud, consagrado en el artículo 4 de la Constitución mexicana.

En su resolución, el juzgado también sobreseyó el juicio respecto del subdelegado del IMSS, al considerar que dicho funcionario no tiene entre sus atribuciones la prestación directa de servicios médicos. En contraste, determinó que sí existían elementos para atribuir responsabilidad al director del Hospital Regional de Zona No. 18, al quedar acreditado que la unidad médica no atendió oportunamente las indicaciones emitidas por su propio personal especializado.

Con esta resolución, la justicia federal ordenó que la paciente reciba el medicamento, los estudios diagnósticos y la atención médica requerida, al concluir que la negativa de los servicios vulneró su derecho constitucional a la salud y la obligó a recurrir a un juicio de amparo para acceder al tratamiento que necesitaba.

Minuto a Minuto

spot_img

Editor

Suscribete

Noticias, boletines e información del día a día